Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla · Puebla

Artículo 52

CAPÍTULO SEXTO M ME ED DI IO OS S D DE E C CO OM MU UN NI IC CA AC CI IÓ ÓN N P PR RO OC CE ES SA AL L

Artículo 52.- Por su forma las notificaciones son:

I.- Por lista; II.- Domiciliarias;

III.- Personales;

IV.- Por edictos, y

V.- Por oficio.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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