Artículo 262. Los efectos de la presentación de la demanda son: interrumpir la prescripción, si no lo está por otros medios; señalar el principio de la instancia; y determinar el valor de las prestaciones exigidas, cuando no pueden referirse a otro tiempo.
Artículo 262
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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