Artículo 387. Para el examen de los testigos que no residen en el lugar del juicio, se liberará exhorto en que se incluirán, en pliego cerrado, las preguntas y repreguntas.
Artículo 387
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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