Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo
Artículo 1002
TITULO DECIMO · CAPÍTULO III DE LOS MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO ORAL
Artículo 1002.- Contra la resolución que concede la diligencia preparatoria no habrá ningún recurso. Contra la resolución que la niegue habrá el de apelación en ambos efectos, si fuere apelable la sentencia del juicio que se prepara.
Artículo adicionado POE 30-08-2013
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de junio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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