Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 267

TÍTULO SÉPTIMO Del Juicio · CAPITULO I De la Demanda, Contestación y Fijación de la Litis

Artículo 267.- Los efectos de la presentación de la demanda son: interrumpir la prescripción si no lo está por otros medios, señalar el principio de la instancia y determinar el valor de las prestaciones exigidas.

Artículo reubicado POE 21-10-2009

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de junio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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