Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 833

TITULO DECIMO · CAPITULO XI Declaración de ser Formal el Testamento Privado

Artículo 833.- De la resolución que niegue la declaración solicitada pueden apelar el promovente y cualquiera de las personas interesadas en la disposición reglamentaria; de la que acuerde la declaración puede apelar el representante del Ministerio Público.

TITULO DECIMONOVENO

De la Jurisdicción Voluntaria

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de junio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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