ARTÍCULO 744 . Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable al interventor respecto de los acuerdos de la minoría.
Artículo 744
TÍTULO XIII DE LOS CONCURSOS
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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