Artículo 605.- La demanda que se presente con objeto de obtener la declaración de incapacidad o interdicción del demente, idiota, sordomudo, ebrio consuetudinario, o habituado al uso de drogas enervantes, deberá contener los siguientes datos:
I.- Nombre, edad, domicilio, estado civil y actual residencia del denunciado;
II.- Nombre, apellido y residencia del cónyuge y parientes dentro del cuarto grado, y nombre del tutor o curador que tenía la persona cuya interdicción o inhabilitación se solicita;
III.- Los hechos que dan motivo a la demanda;
IV.- Diagnóstico y pronóstico de la enfermedad formulado por el facultativo que lo asiste, acompañando el certificado o certificados relativos;
V.- Especificación de los bienes conocidos como propiedad del incapaz y que deben ser sometidos a la vigilancia judicial, y
VI.- Especificación del parentesco o vínculo que une al denunciante con el denunciado.