Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 660

TÍTULO CUARTO JUICIO SOBRE POSESIÓN Y PROPIEDAD · CAPÍTULO SEGUNDO JUICIO SOBRE POSESIÓN DEFINITIVA

Artículo 660.- Las acciones plenarias de posesión se ventilarán en juicio ordinario en el que se observen, además, las reglas que se contienen en este Capítulo.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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