Artículo 677.- Cuando la sentencia sea condenatoria, el actor puede exigir del reo que caucione el respeto de la libertad del inmueble.
Artículo 677
TÍTULO CUARTO JUICIO SOBRE POSESIÓN Y PROPIEDAD · CAPÍTULO CUARTO JUICIOS SOBRE SERVIDUMBRES
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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