Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 463

TÍTULO OCTAVO · CAPÍTULO I JUICIO ORDINARIO

ARTÍCULO 463.- Si el juez encontrare la demanda arreglada a derecho, mandará que se corra traslado a la persona contra quien se proponga, con entrega de las copias de ley y que se le emplace para que la conteste dentro del término de diez días.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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