Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 729

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 729.- Los concursos de las sociedades civiles determinan que los socios que sean ilimitada y solidariamente responsables, sean considerados también en estado de concurso.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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