Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 10

TITULO SEGUNDO ACCIONES Y EXCEPCIONES · CAPITULO I

Artículo 10.- Son reales:

I.- Las que tienen por objeto la reclamación de un bien de la propiedad del demandante;

II.- Las que tienen por objeto la reclamación de una servidumbre, o la declaración de que un predio está libre de ella;

III.- Las que tienen por objeto la reclamación de los derechos de usufructo, uso y habitación;

IV.- Las hipotecarias;

V.- Las de prenda; 3

VI.- Las de herencia;

VII.- Las de posesión.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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