Artículo 1139.- Las partes tienen derecho para convenir el procedimiento que debe observarse, para designar las pruebas que pueden admitirse en el juicio, para señalar al Juez que deba conocer de éste y para la forma de ejecución del fallo.
Artículo 1139
TITULO OCTAVO · CAPITULO V
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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