Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 1172

TITULO DECIMO JUICIOS HEREDITARIOS · CAPITULO I Disposiciones generales

Artículo 1172.- Si durante la tramitación de un intestado, apareciere un testamento o se comprobare la existencia de un juicio testamentario, se dejará sin efecto aquél, para tramitarse sólo la testamentaría.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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