Artículo 132.- Cada parte será inmediatamente responsable de los gastos y honorarios que exijan las diligencias que promueva.
Artículo 132
TITULO PRIMERO REGLAS GENERALES · CAPITULO VI Despacho de los negocios
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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