Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 131

TITULO PRIMERO REGLAS GENERALES · CAPITULO VI Despacho de los negocios

Artículo 131.- Los jueces y el Tribunal, para hacer cumplir sus determinaciones, pueden emplear cualquiera de los siguientes medios de apremio:

I.- La multa hasta de diez días del importe del salario mínimo, que se duplicará en caso de reincidencia;

II.- El cateo por orden escrita; (REFORMADA, P.O. 29 DE MAYO DE 1996)

III.- El arresto hasta por treinta y seis horas.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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