Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 261

TITULO CUARTO · CAPITULO I Reglas Generales

Artículo 261.- Si al vencimiento del plazo de los tres días no contestare la contraria, se le tendrá por conforme con el otorgamiento del término extraordinario. 38

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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