Artículo 266.- Ni el término ordinario ni el extraordinario podrán suspenderse sino de común consentimiento de los interesados, o por causa muy grave, a juicio del juez.
Artículo 266
TITULO CUARTO · CAPITULO I Reglas Generales
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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