Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 343

TITULO CUARTO · CAPITULO IV Prueba Documental

Artículo 343.- Los telegramas se tendrán como documentos públicos o privados, según que sean firmados por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones, o por particulares.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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