Artículo 555.- El recurso de queja no suspende la ejecución de la resolución objeto de él; y debe interponerse ante el Juez del conocimiento dentro de seis días.
Artículo 555
TITULO SEPTIMO · CAPITULO III
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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