Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 593

TITULO OCTAVO EJECUCION DE SENTENCIAS · CAPITULO I Ejecución de sentencias dictadas por los tribunales del Estado

Artículo 593.- Las transacciones y los convenios celebrados en juicio serán ejecutados por el Juez que conozca del negocio. (F. DE E., P.O. 26 DE NOVIEMBRE DE 1980) 73

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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