Artículo 593.- Las transacciones y los convenios celebrados en juicio serán ejecutados por el Juez que conozca del negocio. (F. DE E., P.O. 26 DE NOVIEMBRE DE 1980) 73
Artículo 593
TITULO OCTAVO EJECUCION DE SENTENCIAS · CAPITULO I Ejecución de sentencias dictadas por los tribunales del Estado
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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