Artículo 68.- En las actuaciones judiciales y en los escritos, las fechas y cantidades se escribirán con letra. 10
Artículo 68
TITULO PRIMERO REGLAS GENERALES · CAPITULO II Formalidades Judiciales
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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