Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 711

TITULO OCTAVO EJECUCION DE SENTENCIAS · CAPITULO III Secuestros y Remates

Artículo 711.- Si en la almoneda de bienes muebles no hubiere postura por las dos terceras partes del avalúo, el ejecutante podrá pedir la adjudicación, por esa porción, de los que elija y basten a cubrir el crédito.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.

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