Artículo 743.- Las tercerías son coadyuvantes o excluyentes. Es coadyuvante la tercería que auxilia la pretensión del actor o la del demandado. Las demás se llaman excluyentes.
Artículo 743
TITULO DECIMO TERCERIAS 91
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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