Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 172

TITULO QUINTO ACTOS PREJUDICIALES · CAPITULO III De la designación de árbitros

ARTICULO 172 Con el acta de la junta a que se refieren los artículos anteriores se iniciarán las labores del árbitro emplazando a las partes como se determina en el título relativo.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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