ARTICULO 295 Los escritos y notas taquigráficas, pueden presentarse por vía de prueba, siempre que se acompañe la traducción de ellos, haciéndose especificación exacta del sistema taquigráfico empleado.
Artículo 295
TITULO SEXTO DEL JUICIO · CAPITULO VIII Fotografías, copias fotostáticas y otros elementos de prueba
Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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