Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 539

TITULO DECIMO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO · CAPITULO UNICO DEL JUICIO DE RESPONSABILIDAD

ARTICULO 539 Todas las cuestiones que se promuevan en un juicio y tengan relación con el negocio principal, si su tramitación no está fijada por la ley, se regirá por los artículos siguientes. También se substanciará como incidente cualquiera intervención judicial que no amerite la tramitación de un juicio.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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