Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 772

TITULO DECIMO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO · CAPITULO III Ejecución de las sentencias

ARTICULO 772 El tercero que considere perjudicados sus derechos al ejecutarse la sentencia, ocurrirá al juez municipal, presentando sus pruebas y el juez con audiencia inmediata de las partes, resolverá si subsiste o no el secuestro o el acto de ejecución practicado, sin decidir sobre la propiedad de la cosa ni sobre otros hechos controvertidos.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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