Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 774

TITULO DECIMO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO · CAPITULO V Disposiciones generales

ARTICULO 774 En los negocios de la competencia de los juzgados municipales, únicamente se aplicarán las disposiciones generales de procedimiento en lo que fuere indispensable para completar las disposiciones de este Título y que no se opongan directa ni indirectamente a éstas.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de agosto de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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