Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 568

TITULO TERCERO JUICIOS SOBRE CUESTIONES FAMILIARES Y ESTADO · CAPITULO IV DEL DIVORCIO VOLUNTARIO

ARTICULO 568.- La demanda de divorcio por mutuo consentimiento será formulada por ambos cónyuges, debiendo suscribirla con sus firmas, y, además con la huella dígito-pulgar derecha de cada uno.

Con la demanda se acompañarán los siguientes documentos:

I. Acta de matrimonio;

II. Actas de nacimiento de los hijos menores, y

III. El convenio que exige el artículo 362 del Código Civil.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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