Código Penal para la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 11

TÍTULO PRIMERO LA LEY PENAL · CAPÍTULO II APLICACIÓN TEMPORAL DE LA LEY

ARTÍCULO 11 (Momento y lugar del delito) . El momento y el lugar de realización del delito son aquellos en que se concretan los elementos de su descripción legal.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de julio de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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