ARTÍCULO 364. Se impondrá prisión de seis meses a siete años a los que, para conseguir que se les reconozca o conceda algún derecho, en forma tumultuaria:
I. Amenacen a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinación; o
II. Por medio de violencia en las personas o sobre las cosas, perturben el orden público.