Código Penal del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 189

TITULO SÉPTIMO DELITOS QUE ATENTAN CONTRA EL CUMPLIMIENTO · CAPITULO ÚNICO

Artículo 189.

A quien renuncie a su empleo o solicite licencia sin goce de sueldo y sea éste el único medio de obtener ingresos o se coloque en estado de insolvencia, con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrá pena de prisión de uno a cuatro años y de doscientos a quinientos días multa, suspensión de los derechos de familia y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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