Código Penal del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 90

TÍTULO CUARTO APLICACIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD · CAPÍTULO VIII CONDENA CONDICIONAL

Artículo 90. Vigilancia de la autoridad

Los sentenciados que obtengan la condena condicional quedarán sujetos a la vigilancia de la autoridad, en los términos de la ley.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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