ARTÍCULO 189. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE SABOTAJE EN SUS DIVERSAS MODALIDADES. Se aplicará de dos a veinte años de prisión y multa: A quien para trastornar la economía del estado o municipio; o para menoscabar la capacidad de uno u otro para asegurar el orden público; dañe, destruya o entorpezca cualquiera de los siguientes: 82
I. SERVICIOS PÚBLICOS O BIENES BÁSICOS. Servicios públicos o centros de producción o distribución de bienes y servicios básicos.
II. INSTITUCIONES DE DOCENCIA O INVESTIGACIÓN. Instalaciones de instituciones de docencia o investigación.
III. ELEMENTOS ESENCIALES AL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO. Recursos o elementos, esenciales, destinados al mantenimiento del orden público.