Código Penal de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 224

TÍTULO SEGUNDO DELITOS DE SERVIDORES PÚBLICOS · CAPÍTULO CUARTO DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, PROCURACIÓN O ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

ARTÍCULO 224. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE QUEBRANTAMIENTO DE SELLOS. Se aplicará prisión de tres meses a dos años y multa: A quien quebrante los sellos que se pongan por orden legítima de autoridad competente. 93

SECCIÓN SEXTA

ULTRAJES A LAS INSTITUCIONES E INSIGNIAS PÚBLICAS

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de septiembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: coahuila.gob.mx.

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