Código Penal para el Estado de Colima · Colima

Artículo 1

ARTÍCULO 1. Aplicación del Código.

El presente Código es de orden público y de interés general, le son aplicables enunciativamente los principios establecidos en los artículos 1, 13, 14, 16, 17, 18,19, 20, 21, 22 y 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las normas relativas a los derechos humanos y tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y las previstas en este Código.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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