ARTÍCULO 156 . Cuando entre el activo y la pasivo exista relación de matrimonio, concubinato o relación de pareja, los delitos previstos en los artículos anteriores se perseguirán por querella.
Artículo 156
TÍTULO TERCERO DISPOSICIÓN INDEBIDA DE GAMETOS, REPRODUCCIÓN · CAPÍTULO III INSEMINACION ARTIFICIAL
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.
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