ARTÍCULO 104. Alcances de la extinción.
La extinción que se produzca en los términos del artículo 102 no abarca el decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito.
TÍTULO QUINTO EXTINCIÓN DE LA PRETENSIÓN PUNITIVA Y DE LA POTESTAD DE EJECUTAR LAS PENAS Y · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES
ARTÍCULO 104. Alcances de la extinción.
La extinción que se produzca en los términos del artículo 102 no abarca el decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito.
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
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