Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango · Durango
Artículo 86
TÍTULO CUARTO APLICACIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD · CAPÍTULO VI ERROR VENCIBLE EN LAS CAUSAS DE LICITUD
ARTÍCULO 86. Punibilidad en casos de exceso en las causas de justificación.
Al que incurra en exceso en alguna de las causas de justificación previstas en el artículo 28 de este Código, se le impondrá la cuarta parte de las penas o medidas de seguridad, correspondientes al delito de que se trate.
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
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