Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 499) · Guerrero

Artículo 105

CAPÍTULO VII Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito

Artículo 105. Objeto de la rehabilitación

La rehabilitación tiene por objeto reintegrar a la persona sentenciada en el goce de los derechos, funciones o empleo de cuyo ejercicio se le haya suspendido o inhabilitado en virtud de sentencia firme.

La persona sentenciada que considere tener derecho a la rehabilitación, podrá promover el incidente respectivo ante la autoridad judicial.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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