Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 499) · Guerrero

Artículo 115

CAPÍTULO VII Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito

Artículo 115. Prescripción de la pretensión punitiva según el tipo de pena

La pretensión punitiva respecto de delitos que se persigan de oficio prescribirá:

I. En un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de la libertad, incluidas las modalidades del delito cometido, pero en ningún caso será menor de tres años. Esta regla se aplicará cuando la pena privativa de la libertad esté señalada en forma conjunta o alterna con otra diversa, o

II. En un año, si el delito se sanciona con pena no privativa de la libertad.

(ADICIONADA, P.O. EDICIÓN No. 104 ALCANCE XVI, MARTES 30 DE DICIEMBRE DE 2025)

III.- En los casos de Delitos contra la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual, cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, serán imprescriptibles.

ARTÍCULO 115, Y SE REFORMA EL

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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