Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 499) · Guerrero

Artículo 194

TITULO TERCERO · CAPÍTULO V DE LA DIVULGACIÓN NO CONSENTIDA DE IMÁGENES O VIDEOS ÍNTIMOS O

Artículo 194. Privación de la libertad con fines sexuales a menores de edad

Si la víctima es menor de edad o no tiene capacidad para comprender el significado del hecho, las penas se aumentarán hasta en una mitad más.

Si dentro de las veinticuatro horas siguientes, el autor del delito restituye la libertad de la víctima, sin haber practicado el acto sexual, las penas previstas se reducirán hasta en una mitad.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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