Código Penal para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 239

TÍTULO OCTAVO DELITOS CONTRA EL DERECHO DE LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA A · CAPITULO III

Artículo 239.- Se aplicará prisión de seis meses a tres años, multa de 5 a 40 días y suspensión o privación de los derechos inherentes al parentesco, a la custodia o a la tutela en relación al ofendido, al que participe en el levantamiento de una acta de inscripción en el Registro del Estado Familiar de las personas, a sabiendas de que contiene datos falsos.

Igual pena se impondrá a quien omita datos o la inscripción del estado familiar de una persona, o usurpe dicho estado, con el propósito de causarle un perjuicio o de obtener algún beneficio; o registre o haga registrar el estado familiar de las personas sujetas a juicio en el que no se hubiese dictado sentencia que haya causado ejecutoria.

Última reforma de esta ley incorporada: 6 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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