Artículo 87 . La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas en los términos de la ley que la conceda.
Artículo 87
TÍTULO QUINTO EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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