Artículo 38. Determinación de días multa
En cuanto a la imposición de la multa debe atenderse a las siguientes consideraciones:
I. Los mínimos y máximos de la multa atenderán a cada delito en particular;
II. El día multa equivale a la percepción neta diaria del imputado en el momento de cometer el delito; y,
III. El límite inferior del día multa será equivalente al salario mínimo diario vigente en el Estado al momento de cometerse el delito.