Código Penal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 342

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO I

ARTÍCULO 342 .- La lesión consiste en todo daño en el cuerpo de alguien, o cualquier alteración de la salud, producida por una causa externa imputable a una persona.

(REFORMADO, P.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2016)

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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