Código Penal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 53

TÍTULO CUARTO SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD · CAPÍTULO III LIBERTAD BAJO TRATAMIENTO

ARTÍCULO 53.- La libertad bajo tratamiento apareja la realización de labores por parte del sentenciado y las demás medidas conducentes a su readaptación social, bajo la orientación y el cuidado de la autoridad ejecutora. En la sentencia se determinará, en su caso, la afectación del producto del trabajo del reo al resarcimiento del daño que causó el delito y al sustento de los dependientes económicos de aquél, sin perjuicio de las 35 restantes obligaciones a cargo del sentenciado. El señalamiento de trabajo se hará tomando en cuenta las necesidades de la defensa social y la vocación, aptitudes y posibilidades del sentenciado.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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