Código Penal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 54

TÍTULO CUARTO SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD · CAPÍTULO III LIBERTAD BAJO TRATAMIENTO

ARTÍCULO 54.- La semilibertad implica la alteración de períodos breves de reclusión y de libertad bajo tratamiento.

La excarcelación se aplicará, según las circunstancias del caso, durante la jornada de trabajo, con reclusión nocturna; por toda la semana laborable, con reclusión de fin de semana; o en el curso de ésta con reclusión durante la semana laborable.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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